Ustedes seguramente recuerdan la historia del que se lamenta de que su mujer le pida dinero todos los días. A quien le pregunta en qué lo gasta su mujer, le responde: "No lo sé, nunca se lo doy".

Tengo la impresión de ser la mujer del personaje en cuestión, cuando vuelvo a insistir en la disquisición sobre la pena de muerte. Pero no soy yo el empecinado, son los otros los que se hacen los desentendidos. Después de un crimen execrable (en este caso por la crónica de los secuestros) llegan a los diarios cartas en las que se inquiere si no sería cuestión de reimplantar la pena de muerte.

Uno de los principios en que se fundan toda ley humana y los dictámenes de toda religión practicada en el mundo civil establece que no se debe matar. Salvo por algunas confesiones que predican la resistencia pasiva, se admite una excepción: la legítima defensa. Una extensión del principio de legítima defensa es la guerra defensiva. Pero, sabiendo que el agresor nos atacará mañana, ¿es lícito prevenirse y atacarlo antes?

Reglas morales

Es un problema de actualidad, y las respuestas son múltiples. Sin embargo, las guerras se originan de modo diverso unas de otras, y a veces podemos vernos envueltos en una guerra sin habernos dado cuenta siquiera. Como la mecánica de los acontecimientos no siempre depende de la voluntad de los individuos, no se pueden establecer cánones morales definitivos: no hay más remedio que confiar en principios de sentido común y prudencia, caso por caso. En cambio, para la pena de muerte se está ante una elección consciente y responsable, adoptada con carácter irreversible por la comunidad.

Si no se debe matar, tampoco podrá hacerlo el Estado, aunque no sea más que para no dar un mal ejemplo a los ciudadanos. Para la pena de muerte no vale el principio de legítima defensa, desde que el culpable se encuentra ya de hecho bajo llave e impedido de hacer daño. Quedaría el principio de la prevención. Pero en ese sentido la pena de muerte de nada sirve para el culpable (ni lo edifica ni lo redime), sólo sirve para los demás. Se mata a un culpable para enviar una severa advertencia a los que pudieran delinquir, y para salvaguardar a los inocentes.

Lo que quiere decir que se usa a un hombre no como fin, sino como medio. Se lo usa (se usa su vida) como un telegrama. No lo hacen de otro modo los terroristas, que asesinan a cualquiera no por odio personal, sino para enviar un mensaje al cuerpo social, y por eso se les llama terroristas, es decir, individuos que hacen política no a través de la persuasión sino mediante el terror. La pena de muerte como advertencia es entonces un ejemplo de terrorismo de Estado, de terrorismo sancionado por ley.

Puedo prever la objeción: los terroristas usan la muerte de otro con fines perversos, mientras que el Estado utilizaría la muerte del condenado con fines benéficos. Perfecto. Entonces, ¿se puede matar con fines benéficos? No lo veo escrito en ningún mandamiento. Si un hombre puede ser utilizado como medio para evitar el daño a otros de sus semejantes, ¿por qué habríamos de juzgar odioso criar personas para después matarlas, extraerles sus órganos y trasplantarlos a otras personas enfermas?

Contradicción

Si se rechaza esta hipótesis al aseverar que no se hace mal a un individuo para hacer el bien a otro, se admite que no se puede matar con fines benéficos (salvo en el caso único de legítima defensa, pero porque es una cuestión de segundos y no hay alternativa). Y, por lo tanto, no se puede matar a un hombre sólo para que sirva de ejemplo a los demás.

Si se responde que no nos prestaremos a ese infame comercio de órganos porque los donantes forzosos serían inocentes, ¿se trata entonces de conceder que sería lícito arrancar el corazón (en vivo) a quien haya cometido graves delitos? Instintivamente, todos dirían que no: sólo si estuviera muerto ya.

Queda por decidir cómo ha muerto el culpable. ¿Condenado a muerte para que sirva de ejemplo? Estamos otra vez en lo mismo: ¿se puede entonces quitar la vida a un ser viviente en beneficio de otros vivos? Si se ha contestado que no la primera vez, debería responderse no también en ésta.

Como se ve, cualquiera que fuese el caso, la pena de muerte contradice nuestra más arraigada creencia acerca del bien y del mal y sobre los derechos del individuo. Entonces, ¿por qué la desean? Podrá parecer inaceptable para el que de buena fe la desea, pero se la desea por la misma razón por la que se desearía la muerte de alguien a quien con impaciencia se espera heredar: para obtener una ventaja. ¿Sería lícito matar (para tener más dinero) a un culpable de homicidio? No, responde nuestra conciencia. Y por lo tanto no podemos tampoco matar a un culpable para obtener mayor seguridad. Pero en el caso de la herencia, se dirá, el beneficio concierne a pocos, mientras que en el caso de la prevención concierne a todos. Muy bien. ¿Es lícito entonces que el Estado mate a los ricos para repartir su dinero entre los pobres?

Alguno lo ha sostenido (y lo ha puesto en práctica), pero los que se manifiestan en favor de la pena capital (que generalmente militan en posiciones de "ley y orden") lo han definido un "sucio terrorista comunista stalinista". Decidan ustedes de qué lado están. ¿Con el terror de Estado o con los kulaks?

Traducción de Jorge Ortiz Barili

La Nación 19- 04 - 1998